Chaco regula el transporte de cargas

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La Camara de Diputados de Cha¬co sancionO la ley que caracteriza al transporte automotor de cargas como servicio pUblico. La normativa comprende los granos, el algodOn y todo lo que sea de produccion directa de la tierra. Chaco «ha reconocido la necesidad de tener un transporte para este tipo de productos que sea mas eficiente y para ello intervener en las asimOtrias que puedan existir en la contratacion directa, especificamente en este rubro», destaco Carlos Agui¬rre, titular del area de LegislaciOn de la Fadeeac y mentor del proyecto.
Queda comprendido dentro de esta ley «el traslado de productos primarios desde el lugar de su producciOn hasta los puntos de acopio, terminales portuarias para su exportacion, lugares de procesamiento para consRmo interno o exportation y terminales intermedias de transbordo a otros medios de transporte». Por otra parte, se consigno que la medida «garantizard que el servicio pueda ser prestado por cualquier operador de transporte, siempre que el mismo cumpla con las disposiciones que la autoridad de aplicaciOn reglamente».
La norma fija que la autoridad de aplicacion fijard la tarifa para este servicio, «la que debera ser determinada previa consulta no vinculante a todos los sectores intervinientes, la que se fljara teniendo en cuenta los costos, el beneficio y los indices econOmicos vigentes al momento de su fijaciOn; ademas, ejercera el contralor de los medios de transporte automotor de cargas y de los agentes intervinientes en la actividad, tales como productores, acopiadores, consignatarios, cornpradores y/o cualquier otra persona que participe de la misma».