Calendario de restricciones al transporte automotor de cargas

La Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció el calendario de restricciones a la circulación de vehículos de transporte automotor de cargas y residuos peligrosos, en las rutas del país.

Por Disposición 465/2010 la Agencia Nacional de Seguridad Vial, estableció restricciones a la circulación de vehículos de transporte automotor de cargas generales y de mercancías y residuos peligrosos en las principales rutas del país, en los días feriados de mayor movimiento turístico.

El calendario de restricciones es el siguiente:

el día 30 de diciembre de 2010 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 31 de diciembre desde las 8:00 hasta las 14:00; el día 1 de enero de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 2 de enero de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 14 de enero de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 15 de enero de 2011 desde las 8:00 hasta las 14:00, el día 16 de enero de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 28 de enero de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 30 de enero de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 31 de enero de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 1 de febrero de 2011 desde las 8:00 hasta las 14:00; el día 14 de febrero de 2011 desde las 18:00 hasta 23:59; el día 15 de febrero de 2011 desde las 8:00 hasta las 14; el día 28 de febrero de 2011 desde 18:00 hasta las 23:59; el día 4 de marzo de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 8 de marzo de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 20 de abril de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 21 de abril de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59; el día 24 de abril de 2011 desde las 18:00 hasta las 23:59.

Se exceptúan de la restricción a los vehículos de transporte de leche cruda; de transporte de animales vivos; transporte de productos frutihortícolas en tránsito; de transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales; de atención de emergencias; de asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquél donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío; cisterna de traslado de combustibles y de Gas Natural Comprimido; de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos; de transporte de medicinas; de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.

Se exceptúan de la restricción para los días sábados en el horario de ocho horas a 14:00, a las Rutas Nacionales Nº 5, Nº 7, Nº 9 en el tramo Rosario – Córdoba y Nº 11.

La disposición lleva la firma de Felipe Rodríguez Laguens, La Agencia Nacional de Seguridad Vial.

En los fundamentos expresa que durante los fines de semana largos o períodos vacacionales se incrementa la siniestralidad vial en el país y agrega que oportunamente, a través de diferentes medidas, la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación dispuso la restricción a la circulación de vehículos de transporte de cargas generales y mercancías y residuos peligrosos, durante un determinado rango horario, en las vías de circulación que se veían afectadas por la mayor afluencia turística en oportunidad de feriados, fines de semana largos y recambios turísticos ocurridos durante los año.

Destaca que las medidas restrictivas mencionadas coadyuvaron a la disminución de situaciones de riesgo que pudieron haber atentado contra la seguridad vial. Por ello es necesario establecer acciones tendientes a prevenir siniestros de tránsito durante los feriados que se hallan estipulados para el presente año calendario y que conforman fines de semana largos y vacaciones estivales; teniendo en cuenta la masividad de vehículos que se prevé que circularán por los caminos argentinos, en función de la experiencia relativa a los movimientos turísticos producidos durante las festividades de fin de año, las vacaciones de verano y los fines de semana largos.

Las vías de circulación sobre las que pesará la restricción son en función de los destinos de mayor afluencia turística y los tramos de los caminos que registran alto índice de siniestralidad vial de todo el país.

RUTAS NACIONALES A RESTINGIR
– Ruta Nacional Nº 3
Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia
de BUENOS AIRES.
– Ruta Nacional Nº 5
Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la Ciudad de SANTA ROSA, Provincia
de LA PAMPA.
– Ruta Nacional Nº 7
Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la Ciudad de MENDOZA, Provincia de
MENDOZA.
– Ruta Nacional Nº 8
Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la Ciudad de VILLA MERCEDES, Provincia de SAN LUIS.
– Ruta Nacional Nº 9
Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y la Ciudad de SALTA, Provincia de SALTA.
– Ruta Nacional Nº 11
Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, y la Ciudad de CLORINDA, Provincia de FORMOSA.
– Ruta Nacional Nº 12
Desde el empalme con la Ruta Nacional Nº 9, en la Provincia de BUENOS AIRES, y la Ciudad de CEIBAS, Provincia de ENTRE RIOS; y desde la Provincia de CORRIENTES hasta la Ciudad de PUERTO IGUAZU, de la Provincia de MISIONES.
– Ruta Nacional Nº 14 Desde la Ciudad de GUALEGUAYCHU, Provincia de ENTRE RIOS, y la Ciudad de SAN JOSE, en la Provincia de MISIONES.
– Ruta Nacional Nº 19 Desde la Ciudad de SANTA FE, Provincia de SANTA FE, y la Ciudad de CORDOBA, Provincia de CORDOBA.
– Ruta Nacional Nº 20
Desde la Ciudad de VILLA DOLORES, Provincia de CORDOBA, y la Ciudad de SAN JUAN,
Provincia de SAN JUAN.
– Ruta Nacional Nº 22
Desde la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES, y la Provincia del NEUQUEN.
– Ruta Nacional Nº 33
Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de Santa Fe, hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de Buenos Aires.
– Ruta Nacional Nº 34
Desde el empalme con la Ruta Nacional A012, en la Provincia de SANTA FE, y la Ciudad de LA BANDA, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.
– Ruta Nacional Nº 36
Desde la Ciudad de RIO CUARTO y la Ciudad de CORDOBA, ambas de la Provincia de CORDOBA.
– Ruta Nacional Nº 38
Desde el empalme con la Ruta Nacional Nº 20, en la Provincia de CORDOBA, hasta la Provincia de TUCUMAN.
– Ruta Nacional Nº 40
Desde la Ciudad de SAN JUAN, Provincia de SAN JUAN, y la Ciudad de MALARGÜE, Provincia de MENDOZA;
y entre el empalme con la Ruta Nacional Nº 234, de la Provincia del NEUQUEN, y la Ciudad de ESQUEL, Provincia del CHUBUT.
– Ruta Nacional Nº 74
Desde el empalme con la Ruta Nacional Nº 38 y la Ciudad de CHILECITO, ambos en la Provincia de LA RIOJA.
– Ruta Nacional Nº 105 Desde la Ciudad de SAN JOSE y la Ciudad de POSADAS, ambas de la Provincia de MISIONES.
– Ruta Nacional Nº 141 Desde el empalme con la Ruta Nacional Nº 79, en la Provincia de LA RIOJA, y la Ciudad de SAN JUAN, Provincia de SAN JUAN.
– Ruta Nacional Nº 145 Desde el empalme de la Ruta Nacional Nº 20 de la Provincia de SAN LUIS, hasta la Ciudad de SAN LUIS de la misma Provincia.
– Ruta Nacional Nº 146 Desde la Ciudad de QUINES, Provincia de SAN LUIS, y la Ciudad de SAN RAFAEL, Provincia de MENDOZA.
– Ruta Nacional Nº 157 Desde el empalme con la Ruta Nacional Nº 60, en la Provincia de CATAMARCA, y la Ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN, Provincia de TUCUMAN.
– Ruta Nacional Nº 174 Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS.
– Ruta Nacional Nº 188 Desde la Ciudad de SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS, Provincia de BUENOS AIRES, y la Ciudad de GENERAL ALVEAR, Provincia de MENDOZA.
– Ruta Nacional Nº 205 Desde la Ciudad de CAÑUELAS, Provincia de BUENOS AIRES, y la Ciudad de SAN CARLOS DE BOLIVAR, Provincia de BUENOS AIRES.
– Ruta Nacional Nº 226 Desde la Ciudad de GENERAL VILLEGAS, hasta la Ciudad de BALCARCE, ambas de la Provincia de Buenos Aires.
– Ruta Nacional Nº 231 Desde el empalme con la Ruta Nacional Nº 40 hasta el PASO CARDENAL SAMORE, ambos en la Provincia del NEUQUEN.
– Ruta Nacional Nº 237 Desde el empalme con la Ruta Nacional Nº 22 hasta el empalme con la Ruta Nacional Nº 40, ambos en la Provincia del NEUQUEN.
– Todos las Autopistas de accesos a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y Gran
Buenos Aires en toda su extensión.

ABE – 28/12/2010