Desde agosto el transporte de carga no podrán transitar más con certificados provisorios

 

La renovación de la Licencia Nacional Habilitante solo podía realizarse al caducar y el conductor transitaba, hasta su aprobación,  con un certificado provisorio pero, por una resolución de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT),  a partir del 1ero de agosto,  cada chofer debe contar con la licencia reglamentaria y no se acepta que circule más con el papel provisorio que era emitido por el certificado de aptitud física. Escuche la entrevista.

 

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Ahora, por gestión de la Federación de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) y las ART, los trámites pueden comenzar 60 días antes de la fecha de vencimiento para que el chofer  pueda cumplir con los requisitos a tiempo. “A partir de los primeros días de enero, el Dr. Sícaro, interventor de la CNRT, habilitó de 45 días a 60 pero por razones operativas o de distribución resultó muy breve y por eso pedimos la extensión”, agregó explicó para Radiotransporte Raúl Bianchi, director ejecutivo de la Fundación Profesional del Transporte.

También recordó que para que el chofer esté habilitado a conducir hace falta que cumpla con dos requisitos: el examen de aptitud física y la capacitación.  “El certificado psicofísico de todo chofer que tiene de 21 a 45 años es válido por dos años pero que habrá que tener en cuenta que, a partir de los 45 años en adelante deberá renovarlo todos los años. Por otro lado, los cursos de capacitación son anuales. De esta manera la CNRT controla que todos los choferes estén en condiciones de conducir”.

Para mas información dirigirse a la página de la FPT (www.fpt.org.ar ), donde el mismo chofer puede ingresar con el número de documento y chequear en el sistema le indicará la vigencia de su licencia o bien si adeuda algún curso.

Fuente: Radiotransporte