Certificación para transportistas

Se aprobó la certificación de una declaración jurada para que puedan circular los transportistas. Se deberá presentar en los controles viales.

 

El Ministerio de Transporte informó que las personas afectadas a las actividades y servicios de comercio exterior, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles, GLP y producción y distribución de biocombustibles están exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular únicamente en relación con el estricto cumplimiento de esas actividades y servicios.
La cartera de Transporte, a cargo del ministro Mario Meoni,  aprobó mediante la Resolución 74/2020, publicada en el Boletín Oficial, la certificación de una declaración jurada que habilita a los transportistas que realizan servicios de transporte terrestre de cargas, nacionales e internacionales, declarados esenciales, a circular. El objetivo es facilitar las funciones de los trabajadores de dichas actividades.
El documento se encuentra disponible en la web de la CNRT y deberá ser presentado en los controles viales para comprobar, de manera clara y unificada, su excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio.