Del 6 al 13 de noviembre, unidades N2, N3, O3 y O4 no podrán circular por tramos nacionales entre 6 y 22 horas, por visita del papa León XIV.
Los vehículos de categorías N2, N3, O3 y O4 no podrán circular entre el 6 y el 13 de noviembre, de 6 a 22 y en ambos sentidos, por distintos tramos de rutas nacionales durante la visita del papa León XIV a la Argentina. Así lo dispuso la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) mediante la Disposición 370/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, según difundió Noticias Argentinas (NA). La medida alcanza a camiones medianos y pesados, acoplados y semirremolques, pero no a autos, motos ni camionetas.
En Córdoba la restricción rige en la RN 19/V19, entre Arroyito y la capital provincial; la RN 9 Norte, desde San José de la Dormida; la RN 60, entre Deán Funes y la RN 9; la RN 38, desde Cruz del Eje; la RN 36, desde Río Cuarto, y la autopista Rosario-Córdoba, desde Villa María. En la provincia de Buenos Aires alcanza a la RN 5, entre Chivilcoy y Luján, y a la RN 7, entre Carmen de Areco y Luján y entre la avenida General Paz y Luján.
En los accesos a la Ciudad de Buenos Aires, la medida comprende la RN 9, desde Campana hasta la avenida General Paz; la RN 8, entre el peaje Larena y el Acceso Norte; la autopista Ezeiza-Cañuelas, entre Cañuelas y la General Paz, y la RN 1, entre Hudson y la Ciudad.
Por medio del Decreto 1103/2026, el Gobierno declaró de interés nacional la visita oficial del Sumo Pontífice y las actividades oficiales, institucionales, protocolares y de organización vinculadas con ella, y estableció feriado el lunes 9 de noviembre en todo el país. Además, el martes 10 será feriado solo en la provincia de Córdoba y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el miércoles 11, únicamente en la provincia de Buenos Aires.
Según la disposición, las actividades previstas y los desplazamientos asociados requieren medidas especiales de seguridad, logística y ordenamiento de la circulación, “cuya adecuada ejecución podría verse dificultada por la superposición con los desplazamientos laborales, educativos y comerciales propios de una jornada hábil”. Por eso, para prevenir un mayor riesgo y garantizar la seguridad en el tránsito, se adoptaron medidas preventivas en las rutas nacionales que vinculan los distintos destinos de la agenda.
Libres de circulación
La norma exceptúa a los vehículos que transportan bienes que, por su naturaleza e importancia social, deben llegar a destino o que se utilizan en actividades esenciales, “a fin de no afectar el normal abastecimiento y desarrollo”. Entre ellos figuran los que trasladan leche cruda, sus derivados y envases asociados; animales vivos; productos frutihortícolas en tránsito; sebo, hueso y cueros; medicinas, y residuos sólidos urbanos con destino a depósito final.
También quedan exceptuados el transporte exclusivo de prensa y las unidades móviles de medios audiovisuales, los vehículos de atención de emergencias y de asistencia a unidades averiadas o accidentadas, incluido su regreso en vacío, y las cisternas de combustible, GNC y GLP. Lo mismo rige para el transporte de gases destinados a centros sanitarios o a asistencia sanitaria domiciliaria, cuando se acredite ese destino, y para los vehículos que circulen en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.




