Nuevos límites para el transporte de cargas

Se actualizaron los pesos y dimensiones permitidos e incorporaronn beneficios para vehículos a GNC, eléctricos e híbridos.

Desde el 31 de julio, el Gobierno nacional puso en vigencia un nuevo régimen de pesos y dimensiones para el transporte automotor de cargas mediante la aprobación de un nuevo Anexo R del Decreto 779/1995. La norma redefine los límites de carga para distintas configuraciones de vehículos, amplía las longitudes máximas permitidas e incorpora beneficios para las unidades impulsadas por combustibles alternativos.
Entre las modificaciones más relevantes, los semirremolques con configuración S1-D2-D3 equipados con suspensión neumática podrán transportar hasta 52 toneladas de Peso Bruto Total Combinado (PBTC). En tanto, las configuraciones S1-D2-D1-D3 estarán habilitadas para alcanzar 57,2 toneladas y los camiones con acoplado S1-D2-D2-D2 podrán llegar a 58 toneladas, siempre que cumplan las condiciones técnicas establecidas por la reglamentación.
La actualización también modifica las dimensiones máximas para determinados equipos especiales. Los semirremolques extensibles podrán alcanzar 25 metros de longitud y transportar cargas con una saliente de hasta 5 metros, totalizando 30 metros entre paragolpes. En tanto, los equipos con boggie podrán llegar a 32,5 metros, mientras que las configuraciones con boggie semidireccional podrán alcanzar una longitud máxima de 37,5 metros.

 

Admisiones
Otro de los cambios apunta a facilitar la incorporación de tecnologías de propulsión alternativas. Las unidades alimentadas a GNC dedicado, eléctricas o híbridas dispondrán de mayores tolerancias de peso para compensar el incremento de la tara.
La reglamentación admite hasta 1.000 kilogramos adicionales para camiones rígidos y hasta 2.000 kilogramos para vehículos tractores, siempre que cumplan requisitos técnicos específicos, como ejes delanteros reforzados, suspensión neumática y neumáticos superanchos.
Además, los tractores a GNC podrán alcanzar una longitud de 19,60 metros cuando circulen con semirremolques extensibles sin carga, frente a los 19,30 metros previstos para las unidades convencionales.
El nuevo anexo incorpora, además, mayores exigencias de seguridad para las configuraciones de más de 45 toneladas. Entre ellas, la obligatoriedad de sistemas de frenos compatibles con la norma UN ECE R13 categoría A, la incorporación de ABS, EBS y control electrónico de estabilidad según el tipo de vehículo, iluminación LED, dispositivos de protección lateral y trasera y guardabarros específicos para reducir la proyección de agua, barro y piedras.
La norma también actualiza los procedimientos de pesaje, las tolerancias admitidas, los requisitos para cargas indivisibles y los permisos de circulación para vehículos especiales. Asimismo, faculta a la Secretaría de Transporte a modificar en el futuro las configuraciones habilitadas, las relaciones entre peso y potencia y las longitudes máximas, en función de la evolución tecnológica y de las necesidades del sistema de transporte.