Santa Fe con nuevas normativas para el transporte

Se trata de una especie de Carta de Porte para toda operación hacia o desde la provincia santafecina. Esta normativa incluye a todos los traslados, exceptuado el transporte a granel de cereales. La medida rige desde junio y se aplicarán multas por incumplimiento.

El Código de Operación de Transporte (COT) es una nueva documentación obligatoria en la provincia de Santa Fe. Rige desde los primeros días de junio para quienes realicen traslado y entrega de bienes, productos primarios o manufacturados, por cualquier medio de transporte, siempre que el origen o el destino del viaje esté ubicado en Santa Fe.
La nueva legislación es importante para comerciantes, empresarios y transportistas, teniendo en cuenta la importancia del comercio y transporte de cargas entre la provincia vecina y Entre Ríos.


La resolución Nº 21/09 de la Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (API), que estableció el COT, indica que los sujetos obligados a obtener el código deberán gestionar dicho servicio mediante la clave fiscal de AFIP.
Además los obliga a gestionar el CIT – Código de Identificación de Transporte –, que se obtiene de la página web de la API. Asimismo se establecen las formas, modos y condiciones que deberán cumplir los transportistas.


Las disposiciones más importantes sobre el nuevo código:


• El COT deberá obtenerse antes del traslado de mercadería, a través del sitio web de la API (www.santafe.gov.ar), donde deberán ingresarse los datos exigidos e imprimir el certificado correspondiente.
• El número de código obtenido deberá ser exhibido o informado, inclusive de manera verbal, ante cada requerimiento, al realizar el traslado dentro del territorio provincial.
• La obtención del COT como obligación de amparar las mercaderías transportadas en el territorio santafesino, también podrá cumplimentarse mediante otros mecanismos similares a los que hoy se encuentran habilitados para obtención de carta de porte en el mercado granario, detallados en la Resolución 21/09.
• La vigencia del COT depende de las distancias (en kilómetros) recorrida entre el origen y el destino de la mercadería. Se extiende desde 24 hasta 96 horas; para el caso de traslado a cargo de terceros el plazo es de 96 horas.
• Las multas por no cumplir la resolución son de 1.500 pesos.

 

Excepciones
 
El COT deberá gestionarse solamente respecto de traslados o transportes de mercaderías y bienes a partir de los 20 mil pesos de valor y/o 3 mil kilogramos de peso, los pequeños transportistas están exentos.
Además, el transporte de cereal a granel está exceptuado porque está alcanzado por el Código de Trazabilidad de Granos que dispone la AFIP.

 

deNeXos – 24/07/09 – MT 

Fuente: LT14