El Gobierno reglamentó la distribución de
Mediante la resolución 7530/09, dispuso
Cada adjudicatario deberá presentar un plan mínimo de exportación con descripción de la infraestructura y logística necesaria para cumplir de manera eficiente la comercialización, en condiciones de provisión constante, que garanticen la regularidad y continuidad de la ejecución de la licencia otorgada durante todo el ciclo.
Al beneficiario se le exigirá una garantía para mantener indemne al Estado Nacional frente a un posible incumplimiento del cupo otorgado, escenario que lleva a su inhabilitación para un nuevo período, sin perjuicio de la ejecución de su garantía, según una información difundida por
La nueva reglamentación de
En tanto, se otorgará 60% de la cuota de regionalidad a los adjudicatarios pertenecientes a las provincias situadas en la zona de menor concentración industrial.
Para fortalecer el concepto de regionalidad, como mínimo 50% de las toneladas asignadas bajo este criterio deberá ser completado con hacienda proveniente, exclusivamente, de productores o asociaciones de productores pertenecientes a la misma provincia.
En la nueva reglamentación de
n para zonas afectadas por la sequía.
Para determinar el orden de mérito para la asignación de
Así lo dispuso ONCCA, mediante distintas resoluciones publicadas en el Boletín Oficial del 18 de Septiembre.
Redacción deNexos
EP – 18/09/2009