Radares: ¿qué multas son legales?

La ANSV dio información sobre cómo advertir sobre la validez de las multas por exceso de velocidad y si un operativo fue realizado correctamente.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) informó que según un informe propio que compara los controles la infracción más recurrente es el exceso de velocidad. La entidad tiene homologados 23 radares ubicados en las principales rutas nacionales con el fin de reducir este factor de riesgo.
Como parte del Operativo Verano 2018, el organismo está realizando controles con radares móviles sobre diferentes puntos de rutas nacionales, provinciales y municipales, “anunciados y señalizados cumpliendo la normativa vigente”.
La ANSV detalló los aspectos a tener en cuenta para determinar si un operativo fue realizado correctamente, si la multa es legal, cómo efectuar un reclamo y dónde obtener más información oficial.

Radares
Las provincias y municipios que hayan adherido a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y a la Ley Nacional N° 26.363 y quieran utilizar radares en rutas o caminos de jurisdicción nacional para constatar infracciones, deben obtener previamente la autorización y disposición de la ANSV, que aprueba su uso en corredores nacionales.
Este organismo es el que previamente verifica la aprobación del modelo de radar –en conjunto con la Secretaría de Comercio- y su funcionamiento mediante la verificación periódica anual que otorga el Inti.

Operativo de control de velocidad
El operativo deberá estar identificado siempre por un enconado de 500 a 1000 metros previos a la ubicación del radar; al inicio, deberá observarse un cartel móvil que indica la presencia del operativo de control radar; posterior a éste (entre 100 a 250 metros), deberá encontrarse otro cartel con la velocidad máxima de fiscalización; próximo al radar, puede o no estar un enconado para efectuar la detención del vehículo y notificar de la presunta falta cometida.
Además, este mismo enconado, puede estar entre 2 y 10 kilómetros del lugar del emplazamiento del radar. En este caso, el conductor recibirá una multa impresa dada por un agente en el lugar de detención, que debe poseer la matrícula habilitante para operar el dispositivo. Para el caso que la traza de la ruta no permita esta opción, se recibirá la multa en el domicilio particular. El Anexo “L” del decreto 779/95 de la ANSV es el que regula este procedimiento.

Chequeo
En la multa -labrada por agente en el lugar o por correo en un domicilio particular- debe figurar fecha en que fue cometida la presunta infracción -día, hora, mes y año-; ruta y kilómetro donde fue cometida la presunta infracción; imagen del vehículo al momento de la infracción, con identificación del dominio (en caso de utilizarse un radar cinemómetro); velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado, expresada en Km/h; firma de la autoridad pública interviniente en la infracción; datos del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción -marca, modelo o código de aprobación y número de serie-; número de Disposición ANSV que autoriza su uso; matrícula habilitante del operador del radar otorgada por esta entidad; datos del municipio que la realiza; contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo resulte competente
Si una infracción se considera irregular, se puede reclamar ante el juzgado pertinente; enviar un correo electrónico a consultasradares@seguridadvial.gov.ar, adjuntando copia de la infracción para consultar su validez.
Si el presunto infractor no vive en esta jurisdicción, puede hacer el descargo por e-mail adjuntando la documentación o solicitando que se haga una prórroga de jurisdicción o puede solicitar asistencia a la Mesa de Ayuda de la ANSV.
En caso que un operativo de control de velocidad (radar) no está debidamente señalizado, haya o no incurrido en una infracción, puede fotografiar la disposición del enconado, carteles y radar; solicitar el nombre y apellido del operador, matrícula habilitante y jurisdicción o ente al que pertenece o informar a la Agencia al correo electrónico consultasradares@seguridadvial.gov.ar de esta situación.